Seguro SOAT - Cobertura y Tarifa

Según la RM N°306-2002-MTC/15-02, considera en su Artículo 29 que: El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito cubrirá, como mínimo, los siguientes riesgos por cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado.

Motivo de cobertura
Límite por cada persona
Invalidez permanente
Hasta 4 UIT
Incapacidad temporal: A razón de 1/30 de la RMV por cada día
Hasta 1 UIT
Gastos de atención médica, Hospitalaria Quirúrgica y farmacéutica
Hasta 5 UIT
Muerte
Hasta 4 UIT
Sepelio
Hasta 1 UIT

Para este periodo 2007 – 2008 se ha contratado los servicios de la Compañía de Seguros y Reaseguros La Positiva, quien presenta la siguiente tarifa:

VEHÍCULO
CLASE
PRIMAS EN $
Vehículos Particular

Automóviles, Camionetas, Station Wagon, Nissan AD, Toyota Corolla, Caldina, Sprinter y Avenir

Combis 16 asientos

 

US $ 28.00

US $ 60.00

Vehículos de uso de Taxi

Automóviles (No incluye Daewoo Tico)

Station Wagon

Daewoo Tico

US $ 80.00

US $ 95.00

US $ 105.00

Vehículos de uso Escolar

Camionetas

Camionetas Rurales (letra de inicio de Placa R)

Microbús

US $ 45.00

US $ 60.00

US $ 70.00

Transporte Personal

Ómnibus (36 a más asientos)

US $ 200.00
Transporte Carga

Camión

Camionetas PH

US $ 90.00

US $ 60.00

Vehículos Menores

Motos, Motonetas, Motocicletas

Motos Taxis en Lima

Motos Taxis en Provincia

US $ 140.00

US $ 120.00

US $ 75.00

En el Artículo 34 de la RM N°306-2002-MTC/15-02 dice que: En caso de muerte, serán beneficiarios del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito las personas que a continuación se señalan, en el siguiente orden de precedencia:

  • El cónyuge sobreviviente
  • Los hijos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18) años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo
  • Los hijos mayores de dieciocho (18) años
  • Los padres
  • Los hermanos menores de dieciocho (18) años, o mayores de dieciocho (18) años incapacitados de manera total y permanente para el trabajo.
  • A falta de las personas indicadas precedentemente, la indemnización corresponderá al Fondo de Compensación de Seguros, una vez transcurrido el plazo de prescripción liberatoria que indica la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.