Los Seguros que brinda FEBAN

Beneficios

La suma del capital de beneficio asciende a S/.15,000.00 Nuevos Soles y es entregado a las personas que hayan sido designados por el Afiliado, debidamente registrados en la Declaratoria de Beneficiarios.

En el caso de no hacerlo se tomará en cuenta a los herederos testamentarios, si lo hubieran. Caso contrario, a los herederos legales, bajo declaratoria de herederos o sucesión Intestada.

El desembolso se realizará cualquiera fuera el número de primas pagadas, siempre que se hubiere producido el primer descuento al titular Afiliado.

Para que sus Afiliados adquieran el beneficio ellos deberán solicitar la apertura del sobre que contenga la Carta Declaratoria. Para ello, deberá presentar los siguientes documentos:

  • Solicitud de apertura de sobre, dirigida a la Gerencia del FEBAN. (DESCARGAR MODELO)
  • Copia de Certificado de Defunción
  • Partida de Defunción Original
  • Dos últimas boletas de Ingresos y Egresos del Afiliado
  • Copia del DNI del fallecido. (En caso de no poder presentar la copia del DNI, se deberá presentar la Constancia de Retención de DNI, emitido por la Municipalidad o el Formulario T-4 expedido por la RENIEC)
  • Copia del DNI del solicitante, debidamente legalizada.

Los beneficiarios podrán reclamar el pago del Capital Beneficio dentro de los 12 meses al fallecimiento del Afiliado. Luego de este plazo, se pierde automáticamente el derecho de reclamo.